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viernes, 25 de noviembre de 2011

REGLAMENTO DE RÉGIMEN SANCIONADOR


Constituye infracción y genera responsabilidad administrativa yoda acción u omisión que suponga incumplimiento de lo preceptuado en este Reglamento, sin perjuicio de la que fuera exigible en superior vía administrativa así como en vía penal o civil.

Las infracciones administrativas cometidas contra las normas establecidas por la Sociedad de Pescadores de Torremocha, se clasifican en leves, menos graves, graves y muy graves.

      a) Las infracciones leves** serán sancionadas con multa de 60€ y 1 fin de semana sin pescar.

      Son leves:

1.      Pescar siendo poseedor del permiso de pesca válido, pero no presentarlo cuando sea requerido para ello por personal de Guardería o por cualquier socio.

2.      Navegar con lanchas o embarcaciones de recreo en aquellas zonas en que esté prohibido hacerlo.

3.      Bañarse o lavar objetos o vehículos en los cursos o masas de agua donde esté prohibido hacerlo.

4.      No guardar la distancia mínima entre pescadores si la misma ha sido requerida por alguno de ellos.

5.      Pescar durante las horas en que esté prohibido hacerlo, sin contar con autorización del órgano competente en materia de pesca.

b) Las infracciones menos graves** serán sancionadas con multa de 90€ y 2 fines de semana sin pescar o bien la expulsión de la Sociedad durante 1 mes.

Son menos graves:

1.       Pescar sin permiso.

2.   Pescar simultáneamente con más cañas de las permitidas en las normas establecidas por esta Sociedad.

3.   Pescar utilizando artes o medios prohibidos por estas Normas o por la Ley.

4.   Pescar en época de veda o día inhábil.

5.   Pescar utilizando como cebo, cebos no autorizados.

6.   Pescar a mano.

7. Apalear las aguas o arrojar piedras a las mismas con ánimo de espantar a los peces y  facilitar su captura.

8.  Arrojar o verter a las aguas, o a sus inmediaciones, basuras o desperdicios, así como residuos sólidos o líquidos.

9.  No colocar, cuando sea preceptivo, rejillas o no conservar en buen estado las instalaciones con fines de protección de la riqueza piscícola o quitar los precintos de las mismas.

10. Entorpecer o dificultar las servidumbres de paso establecidas en beneficio de los pescadores.

11. Infringir las normas específicas establecidas en la Orden General de Vedas.

12. Dañar, destruir, colocar indebidamente o quitar los signos, carteles o señales que indiquen el régimen piscícola de las aguas.

13. Negarse a mostrar el contenido de los morrales o cestos, así como los aparejos y artes empleados en la pesca, cuando lo requiera cualquier socio y demás personas autorizadas por la Sociedad para cumplir los fines de vigilancia de la pesca.

14. Solicitar licencia de pesca estando suspendido o inhabilitado para obtenerla por sentencia judicial o resolución administrativa firme.

15. Pescar en zonas vedadas o donde esté prohibido hacerlo.

16. Desde la señalización por parte de la Sociedad o entidad autorizada para la celebración del concurso, hasta la finalización del mismo, realizar en la zona señalizada cualquier actividad que pueda alterar artificialmente los aprovechamientos piscícolas.

17. Cuando el permiso de pesca sea anulado o suspendido por tiempo determinado como consecuencia de resolución administrativa y el titular de la misma se niegue a hacer entrega del documento acreditativo al órgano competente en materia de pesca (Junta Directiva de la Sociedad).

      c) Las infracciones graves** serán sancionadas con multa de 150€ y 1 mes sin pescar o las expulsión de la Sociedad por unas duración de 1 temporada.

      Son graves:

1.   Destruir o dañar intencionadamente las instalaciones destinadas a la protección y fomento de la pesca.

2.  La obstrucción o falta de colaboración con las autoridades o sus agentes en sus funciones de inspección y control.

3.   Sobrepasar el número de capturas fijado para las piezas de pesca, así como infringir las disposiciones especiales dictadas por el órgano competente en materia de pesca para determinados tramos o masas de agua.

4.  No restituir inmediatamente a las aguas los peces de dimensiones inferiores a las establecidas en las normas de esta Sociedad y en cualquier caso a la Ley de Pesca de Extremadura o conservarlos en cestos, morrales o al alcance inmediato del pescador, excepto en los concursos de pesca debidamente autorizados.

5.   Construir barreras de piedras o de otros materiales, estacados, empalizadas, atajos, cañeras, cañales, cañizales o pesqueras, con fines directos o indirectos de pesca, así como colocar en los cauces artefactos destinados a este fin.

6.   Pescar teniendo retirado el permiso de la Sociedad o estando privado de obtenerlo por resolución administrativa firme o por sentencia judicial.

     d) Las infracciones muy graves** serán sancionadas con multa de 300€ y expulsión automática de la Sociedad por tiempo no inferior a 3 temporadas.

     Son muy graves:

1.  Introducir en las aguas cualquier clase de peces o cangrejos de cualquier especie, sin la preceptiva autorización del órganos competente en materia de pesca (Junta Directiva).

2.  Pescar con red o trasmallo sin autorización.

3.  Pescar con gralitos, cribas, butrones, esparaveles, remangas, palangres, salbardos, cordelillos, sedales durmientes y artes similares.

4.  Pescar con tridentes, grampines, arpones, fitoras, gamos, garras, garfios, así como utilizar armas de aire comprimido o de fuego.

5.  Pescar haciendo uso no autorizado de aparatos electrocutantes o paralizantes o haciendo uso de fuentes luminosas artificiales.

6.  El empleo de dinamita, materiales explosivos o sustancias químicas que al contacto con el agua produzcan explosión.

7.  La utilización de sustancias venenosas para los peces o desoxigenadotas de las guas y de sustancias paralizantes, atrayentes o repelentes.

8.  Arrojar o verter a las aguas, o a sus inmediaciones, residuos industriales o tóxicos y peligrosos.

9.   Incorporar a las aguas o sus álveos arcillas, áridos, escombros, limos, residuos industriales o cualquier otra clase de sustancias que produzcan enturbiamiento o que alteren las condiciones hidrobiológicas de las aguas con daño a los recursos pesqueros.

10. Alterar los cauces, márgenes o servidumbres, descomponer los pedregales del fondo, destruir la vegetación acuática y la del as orillas y márgenes, extraer áridos o grava, salvo que se cuente con autorización emitida por el órgano competente en materia de pesca.
 
La ordenación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores se realizará por el órgano competente en materia de pesca, con arreglo a lo dispuesto reglamentariamente.

Graduación de las Sanciones:

Para la gradación de la sanción aplicable se considerarán los siguientes criterios:

a)      La intencionalidad.
b)      El daño o perjuicio producido a la riqueza piscícola o a su hábitat.
c)      La repercusión y trascendencia por lo que respecta a la seguridad de las personas y bienes y a las circunstancias del responsable.
d)      El ánimo de lucro o beneficio obtenido.
e)      La reincidencia.
f)        La agrupación u organización para cometerla infiltración.

Operará la reincidencia por comisión, en el período de un año, de más de una infracción de la misma naturaleza, cuando así haya sido declarado por resolución firme.
En tal caso, el importe de la sanción que corresponda imponer se incrementará en el 50% de su cuantía. Cuando dentro de ese año se cometa una tercera o sucesiva infracción, el incremento se elevará al 100%.

En cualquier caso, el importe resultante de cada sanción no podrá exceder del grado máximo fijado para las infracciones muy graves.

En ningún caso la comisión de las infracciones tipificadas en este Reglamento podrá resultar más beneficiosa para el infractor que el cumplimiento de las normas infringidas.
A tal efecto, reglamentariamente se adoptarán las medidas oportunas.

La Junta Directiva de la Sociedad podrá actualizar el importe de las multas previstas en los artículos anteriores teniendo en cuenta las variaciones del Índice de Precios a Consumo.

Toda infracción administrativa tipificada en este Reglamento llevará condigo la ocupación de la pesca, en el caso de ocupación de pesca viva, el agente denunciante adoptará las medidas precisas para su depósito en lugar idóneo o la devolverá a las aguas en el supuesto de que estime que pueda continuar con vida.

Prescripción de las Infracciones y de las Sanciones

1.   Las infracciones leves prescribirán a los dos meses; las menos graves, a los seis meses; las graves, al año; y las muy graves, a los cuatro años.

2.   El plazo de prescripción de las infracciones empezará a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido.

Se interrumpirá la prescripción por la iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento sancionador. El plazo de prescripción se reanudará si el expediente sancionador estuviera paralizado durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable.
3.   Las sanciones leves prescribirán a los dos meses; las menos graves, a los seis meses; las graves, al año; y las muy graves, a los cuatro años.

4.   El plazo de prescripción de las sanciones empezará a contarse desde el día siguiente a aquél en que se adquiera firmeza la resolución por la que se haya impuesto la sanción.

Se interrumpirá la prescripción por la iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento de ejecución. El plazo de prescripción se reanudará si tal procedimiento estuviera paralizado durante más de un mes por causa imputable al infractor.







** El cumplimiento de las sanciones en las que venga aparejada la medida cautelar de la suspensión para poder pescar así como la expulsión temporal de la Sociedad se hará efectiva inmediatamente después se dicte resolución sancionadora; de acabar la temporada sin cumplir la totalidad de la sanción se prorrogará a la temporada siguiente.


Hasta que el pescador infractor no haya abonado el importe de la multa impuesta por la Junta Directiva no podrá pescar aunque haya cumplido la medida cautelar de suspensión sin poder pescar.


















NOTA: Se entiende 1 temporada por 4 meses.

Normas para la temporada 2011


NORMAS DE REGIMEN INTERNO ANEXAS A LOS ESTATUTOS DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y POR LOS QUE SE RIGE LA DENOMINADA SOCIEDAD DE PESCADORES DE  TORREMOCHA, INSCRITA  EN EL LIBRO DE REGISTRO DE  ENTIDADES DEPORTIVAS DE EXTREMADURA CON EL NÚMERO CD3614 (CONSEJERÍA DE JÓVENES Y DEPORTES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA) SITA  EN LA CALLE JUAN PABLO FORNET Nº 4 -2º-06800 DE  MÉRIDA,Y  DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO  PARA TODOS LOS SOCIOS ,APROBADAS POR MAYORIA DE SOCIOS ASISTENTES  EN REUNIÓN CONVOCADA EN TIEMPO Y FORMA EL DÍA :02/09/2011


COMIENZA LA TEMPORADA EL DÍA DOS  DE JUNIO  Y FINALIZA EL DÍA 12 DE OCTUBRE DE  2012 ( se aprobó por mayoría en reunión celebrada el día 2/9/2011, el cambio del inicio de la temporada a fin de dar más tiempo a la tenca para su desove)
                                               N  O  R  M  A  S :


 1ª ) SE PROHIBE  PESCAR SIN LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA.


 2ª) SE PROHIBE REBASAR EL CUPO DE 10 (DIEZ) TENCAS, POR CHARCA, PESCADOR Y DÍA.


 3ª) SE PODRÁ IR POR LA MAÑANA A UNA CHARCA Y POR LA TARDE A OTRA, DE LAS DOS QUE CORRESPONDAN ESE DIA,  NO PUDIENDO IR POR LA MAÑANA O TARDE A LAS DOS CHARCAS.


 4ª) TODO PESCADOR DEBERÁ  PRESENTAR LA COSTERA O DOCUMENTACIÓN CUANDO EL VIGILANTE O CUALQUIER SOCIO LO REQUIERA.


5ª) CADA PESCADOR DEBERÁ LLEVAR SU PROPIA COSTERA, NO PUDIENDO INTRODUCIR LA/S TENCA/S CAPTURADA EN LA DE OTRO PESCADOR. LA TENCA QUE  HAYA SIDO INTRODUCIDA EN LA COSTERA, NO PODRÁ SER SUSTITUIDA POR  OTRA


 6ª) SE PROHIBE   COGER PIEZAS CUYA MEDIDA SEA INFERIOR  A 16 CTM (MEDIDOS DESDE LA BOCA DEL PEZ HASTA EL VÉRTICE DE LA COLA), LOS ALEVINES DEBERAN SER DEVUELTOS AL AGUA (en reunión celebrada el día 2/9/2011 se aprobó por mayoría subir un cm la medida de la tenca) 


 7ª) SE PROHIBE  PESCAR OTRO DÍA QUE NO SEA MIERCOLES, SÁBADO, DOMINGO, O FESTIVO DE CARACTER NACIONAL, LOCAL O AUTONÓMICO (SE ENTIENDE EN EXTREMADURA).Se aprobó por mayoría  en reunión celebrada el día 2/9/2011, CAMBIAR EL JUEVES POR EL MIERCOLES).


8ª) SE PROHIBE PESCAR CON MAS DE UNA CAÑA, AUNQUE LA LEY AUTORICE MAS.


 9ª) NO SE PODRÁ PESCAR CON POTERA, SOLAMENTE SE PODRÁ PESCAR CON UN  SOLO ANZUELO.


 10ª) SE ESTABLECE COMO HORARIO DE PESCA EL DE UNA HORA ANTES DE LA SALIDA DEL SOL HASTA UNA HORA DESPUES DE  LA PUESTA DEL SOL.


11ª) NO SE PODRÁ PERMANECER EN EL PUESTO DE PESCA UNA VEZ QUE SE HAYA CAPTURADO EL CUPO AUTORIZADO.


12ª) SE AUTORIZA A PESCAR CON CUALQUIER TIPO DE CEBO EXCEPTO CON  CANGREJO.


13ª) TODO PESCADOR DEBERÁ RESPETAR LA DISTANCIA ESTABLECIDA ENTRE PUESTOS. SE ESTABLECE COMO DISTANCIA 10 mts según ley, SI BIEN POR ACUERDO EN REUNIÓN ENTRE PESCADORES SE HA ESTABLECIDO EN 5 mts. NO SE PODRÁ LANZAR LA CAÑA AL TERRENO DEL OTRO PESCADOR SIEMPRE QUE ESTE PUESTO ESTUVIERA OCUPADO. POR ACUERDO EN REUNIÓN DE PESCADORES SE PODRÁ HACER SI EL PUESTO ESTUVIERA LIBRE, PERO SIEMPRE SIN ABANDONAR EL PUESTO QUE TUVIERA ASIGNADO.

14ª) SE PROHIBE DEJAR   BASURAS (LATAS,  BOTELLAS, BOLSAS DE PLÁSTICO ETC, ETC) EN LAS ORILLAS O EN EL AGUA DE LAS CHARCAS. 


15ª) QUEDA PROHIBIDO METERSE EN EL AGUA PARA CUALQUIER  FIN ( ejemplo recuperar boya, quitar enganche, etc, etc ) PODRA HACERSE UNA VEZ QUE NO HAYA NADIE PESCANDO ,O BIEN OTRO DÍA QUE NO ESTE ESTABLECIDO PESCAR.SE ENTIENDE METERSE EN EL AGUA, SIEMPRE Y CUANDO QUE ESTE HECHO  PERJUDIQUE A LOS SOCIOS PESCADORES QUE ESTAN PRÓXIMOS, SI PODRÁ HACERSE CON EL CONSENTIMIENTO DE ESTOS.

16ª) EN REUNION CELEBRADA  EL  02/09/2011, Y APROBADO POR MAYORIA DE SOCIOS ASISTENTES, SE ESTABLECE UNA CUOTA PARA LA TEMPORADA  2012 DE 50 €  PARA MAYORES DE 14 AÑOS, Y 15 € PARA MENORES DE ESTA EDAD. EL NUEVO SOCIO PAGARA  LA CANTIDAD  TOTAL DE 150 € (el triple de la cuota anual establecida), HIJO DE SOCIO MENOR, DE 14 AÑOS 15 €, HIJO DE NO SOCIO, MENOR DE 14 AÑOS, 15 €. ESTAS CANTIDADES, PREVIA  REUNIÓN, POR CONVOCATORIA, Y ACUERDO  POR VOTACIÓN DE LA MAYORÍA DE  SOCIOS, PODRÍAN SER MODIFICADAS. SE DEVOLVERÁ LA CANTIDAD DE 10 € A TODO SOCIO, MAYOR DE EDAD, QUE PARTICIPE EN LA LIMPIEZA DE LA CHARCA DEL POZUELO QUE HABITUALMENTE SE HACE ANTES DEL INICIO DE LA TEMPORADA.

17º)  CON EL FIN DE QUE LA DIRECTIVA PUEDA ORGANIZAR LA TEMPORADA 2012, SE ESTABLECE  COMO FECHA LIMITE  PARA PAGAR  LA CUOTA ANUAL HASTA EL DÍA 1º DE MARZO DE 2012. A PARTIR DE ESE DÍA Y HASTA EL 15 DE ABRIL, AQUELLOS QUE NO LA HAYAN HECHO PAGARAN UN RECARGO DE 20 € MAS (TOTAL 70 €), DESPUES DE ESTA FECHA NO SE ADMITIRÁ A  NINGUN SOCIO(Aprobado en reunión de fecha 02/09/2011 por mayoría de socios asistentes).


 18ª) LA PRESENTE  TEMPORADA DE 2012 Y SUCESIVA, LA CUOTA SERÁ INGRESADA EN LA CUENTA ABIERTA DE   LA ENTIDAD BANCARIA DEL BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO DE TORREMOCHA A NOMBRE DE LA SOCIEDAD DE PESCADORES ( nº ctª Banesto-Torremocha- 0030  5041  13   0000567272).


 19ª) AQUEL QUE SE APUNTE A LA SOCIEDAD DEBERÁ ACATAR TODOS LOS ARTÍCULOS  DE LOS ESTATUTOS, TANTO LOS DE  LA JUNTA DE EXTREMADURA COMO CUALQUIER NORMA  DE RÉGIMEN INTERNO DE LA SOCIEDAD,  LAS ACTUALES COMO  OTRA/S QUE EN SU MOMENTO PUEDA APROBAR LA DIRECTIVA O SOCIOS EN REUNIÓN PREVIA, E IGUALMENTE ACEPTAR  Y CUMPLIR LA POSIBLE SANCIÓN  ECONÓMICA COMO CUALQUIER OTRA, DE LA QUE PUDIERA SER OBJETO POR INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER NORMA. CASO DE NO ACEPTAR LA SANCIÓN ESTABLECIDA PODRÍA SER OBJETO DE EXPULSIÓN DE LA SOCIEDAD. LAS PROPUESTAS QUE HAGA LA  DIRECTIVA EN REUNIÓN O ASAMBLEA DE SOCIOS, PREVIA CONVOCATORIA EN TIEMPO Y FORMA, SERAN ACATADAS POR TODOS SI HAN SIDO APROBADAS POR MAYORIA DE SOCIOS ASISTENTES.


20ª) NO SE PODRÁ OCUPAR BAJO NINGUN CONCEPTO EL PUESTO DE OTRO PESCADOR  AUNQUE ESTE  PUESTO, NUMERADO, NO LO OCUPARA DURANTE TODO EL DÍA  EL TITULAR  QUE LO TUVIERA ASIGNADO ESE DÍA E INCLUSO AUNQUE EL SOCIO TITULAR DEL PUESTO DE ESE DÍA, COGIERA CON PRONTITUD EL CUPO ESTABLECIDO. EL PUESTO  SE RESPETARÁ DURANTE TODA LA JORNADA DE PESCA. .


 21ª) ADEMÁS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 5º DE LOS ESTATUTOS DEL DENOMINADO “CLUB DEPORTIVO DE LA SOCIEDAD DE PESCADORES DE TORREMOCHA”, SE PIERDE IGUALMENTE LA CONDICIÓN DE SOCIO  AQUELLOS QUE HABIENDO SIDO SOCIOS  DEJARAN DE SERLO VOLUNTARIAMENTE DURANTE  DOS AÑOS SEGUIDOS O TRES ALTERNOS.
 22ª) LA DIRECTIVA HA DE ESTAR APOYADA SIEMPRE  POR LOS SOCIOS, EN ESPECIAL CUANDO ESTA  CONSIDERE QUE DEBE SANCIONAR AL SOCIO/S QUE INCUMPLA/N  CUALQUIER ARTÍCULO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, NORMA INTERNA O ANEXA  DE LA SOCIEDAD. SE DARÁ A CADA SOCIO UN MODELO DE DENUNCIA.


23ª) CASO DE QUE ALGUN  COMPONENTE DE LA DIRECTIVA QUISIERA DEJAR EL CARGO UNA VEZ CUMPLIDO EL PERIODO ESTABLECIDO DE CUATRO AÑOS, O BIEN CON ANTERIORIDAD POR CAUSAS MAYORES, ESTE SERÍA SUSTITUIDO POR OTRO SOCIO,(PREVIA REUNIÓN CONVOCADA POR LA JUNTA DIRECTIVA) QUE SALIERA VOLUNTARIO. SI NO SALIERA NINGUN VOLUNTARIO O SE PRESENTARA MAS DE UNO SERÍA ELEGIDO ENTRE TODOS LOS SOCIOS  MEDIANTE VOTACIÓN DE LOS SOCIOS ASISTENTES.  


24) LA DIRECTIVA PODRÁ TOMAR DECISIONES QUE CONSIDERE BENFICIOSA PARA LA SOCIEDAD, SIN NECESIDAD DE CONSULTAR  A LOS SOCIOS, ASI COMO AÑADIR UNA O MAS NORMAS O MODIFICAR PARTE O EL TOTAL DE  CUALQUIERA DE ELLAS.


25ª) CUALQUIER SOCIO PUEDE SOLICITAR, PARA REVISIÓN, AL PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD, LOS ESTATUTOS DE LA JUNTA DE EXTREMADURA O NORMAS INTERNAS DE LA SOCIEDAD (LAS PRESENTES) ,O NORMAS ANEXAS, ASI COMO LIBRO DE ACTAS, LIBRO DE  RELACIÓN DE SOCIOS O LIBRO  DE CUENTAS.


26)  EN REUNIÓN CONVOCADA EN TIEMPO Y FORMA(02/09/2011), Y DENTRO DE LOS PUNTOS ESTABLECIDOS EN EL ORDEN DEL DÍA, SE APROBÓ POR MAYORIA DE SOCIOS ASISTENTES  UN SISTEMA DE PUESTOS ROTATORIOS(DE CINCO EN CINCO PUESTOS)  EN LAS CHARCAS POZUELO Y MONTE( la charca de Torrealba queda exenta de esta norma, pudiéndose poner cada uno en el sitio que quiera ) CON UN TOTAL DE 30    PUESTOS EN CADA CHARCA, EN LA QUE CADA DIA, Y MEDIANTE SORTEO REALIZADO CON ANTERIORIDAD AL INICIO DE TEMPORADA, EL SOCIO OCUPARÁ UN PUESTO NUMERADO EN LA CHARCA QUE LE CORRESPONDA ESE DÍA.


SE  DEJAN  IGUALMENTE   ESPACIOS LIBRES , SIN NUMERAR , EN CHARCA POZUELO Y MONTE, A FIN DE QUE   AQUELLAS  PERSONAS , NO SOCIOS, QUE SAQUEN PERMISO PUEDAN PESCAR  EN CUALQUIERA DE LAS DOS CHARCAS NUMERADAS Y EN EL SITIO NO NUMERADO  ELEGIDO POR ELLOS MISMOS´.

NO PODRAN SACAR PERMISOS PARA NINGUNA DE LAS TRES CHARCAS LOS SOCIOS DE LA MENCIONADA SOCIEDAD

27ª) EL NO CUMPLIMIENTO DE ESTAS NORMAS, O ANEXAS, O CUALQUIER OTRA  QUE EN SU MOMENTO PUDIERA/N APROBARSE O MODIFICARSE EN PARTE O EN SU TOTALIDAD, TANTO POR LA DIRECTIVA COMO POR VOTACIÓN APROBADA POR MAYORÍA DE SOCIOS ASISTENTES, ASI COMO LO PRECEPTUADO EN LA VIGENTE LEY DE PESCA, PUEDE SER MOTIVO DE SANCIÓN. NO OBSTANTE LA DIRECTIVA SE RESERVA EL DERECHO DE CAMBIARLAS  CUANDO  LO ESTIME OPORTUNO SI SE CONSIDERA QUE ES POR EL BIEN DE LA SOCIEDAD. 

                                
28ª) EL DESCONOCIMIENTO DE CUALQUIER ARTICULO DE LOS ESTATUTOS, ASI COMO DE ESTAS NORMAS O ANEXAS, U OTRAS QUE SE PUEDAN AÑADIR, NO EXIME DE RESPONSABILIDAD AL SOCIO  QUE LAS INCUMPLA. SE HA HECHO ENTREGA DE COPIA DE ESTAS NORMAS A TODO SOCIO EN EL MOMENTO DE LA ENTREGA DEL PERMISO PARA LA TEMPORADA 2012.


Se significa que se remitió vía correo ordinario, copia a todos los socios de lo acordado en reunión celebrada el  pasado día 02/09/2011.

sábado, 5 de noviembre de 2011

Hola amigos pescadores! En esta sección iremos analizando poco a poco y a grandes rasgos algunas de las especies más emblemáticas que podemos encontrar en nuestra comunidad. Espero que este post sea de vuestro agrado. Un saludo!!


LA TENCA (Tinca Tinca)

Quizá para muchos pescadores en España es una especie desconocida, pero para nosotros, los extremeños ocupa uno de los puestos más destacados. La tenca, este pequeño ciprínido, de color verde oliva en el lomo y más claro en el vientre, con pequeñas escamas, casi imperceptibles y de boca pequeña, tiene fama desde hace siglos. Su cría, pesca y degustación es narrada desde la Edad Media y ya Carlos V disfrutó de varios banquetes e incluso de estanques para su cría en su retiro del Monasterio de Yuste en Cáceres.

Hoy en día, su pesca es una combinación de deporte, fiesta y gastronomía. Su hábitat, al contrario de los otros reyes de la pesca extremeña como el Lucio o el Black Bass, que crecen en los grandes embalses del Tajo o del Guadiana, son las pequeñas charcas que existen en cada pueblo. A la tenca le gustan las aguas cálidas y con vegetación abundante. Por eso en los ríos, donde abunda menos, la podremos encontrar en pozas y tablas.

 

La mejor época de pesca es la primavera y el verano, siendo la primera hora de la mañana y la última de la tarde su momento de mayor actividad y el que, por regla general nos dará mayores satisfacciones en cuanto a su pesca se refiere. 

ALIMENTACIÓN

Se alimenta principalmente de gusanos, moluscos, larvas de insectos, crustáceos... Al alimentarse suele tragar grandes cantidades de lodo que después irá eliminando; este es el motivo por el cual algunos ejemplares pueden presentar sabor a lodo a la hora de ser preparados, lo cual podrá evitarse si dejamos a los animales recién pescados en agua limpia con vinagre durante algún tiempo.

LOCALIZACIÓN

Dentro de nuestra geografía la principal zona en la que podemos encontrar tencas es en Extremadura y más concretamente en Cáceres, donde existen charcas especialmente dedicadas al cultivo para su consumo.
Podemos encontrarla en aguas tranquilas de fondos lodosos y cubiertos de vegetación. Los lagos y pantanos de fondos cenagosos, que para muchas especies puede resultar totalmente inhabitables, para la tenca son su lugar preferido.

TÉCNICAS DE PESCA

La tenca es fundamentalmente una especie que habita en el fondo y por lo tanto si queremos pescarla deberemos intentar que nuestro cebo llegue hasta ella.
Como su prima la carpa, se puede capturar de diferentes formas. Cuando son pequeñas (lo normal es capturar ejemplares de 15 a 35 centímetros y pueden llegar a más de 5 kilos) os recomiendo emplear modalidades de pesca con flotador o veleta porque, al menos para mí, son las más entretenidas.

Ya sea con carrete o al coup, podemos pasar muchas horas divertidas. Lo primero es escoger una buena ubicación. Sin lugar a dudas los lugares más adecuados para la práctica de esta modalidad de pesca son aquellos en los que podemos hacer que los anzuelos recaigan cerca de alguna mancha de vegetación subacuática y, como no, siempre cerca del fondo. En estas zonas es donde, casi con total seguridad, la tenca se encontrará buscando su comida.

La línea debe ser más fina y nuestra pesca más sigilosa que con la carpa, ya que la tenca es un pez más asustadizo, con una línea del 0.16 y un bajo del 0.14 nos valdrá. Es mejor que los flotadores sean ligeros y sensibles a las picadas (esto también dependerá de la modalidad que vayamos a utilizar, con enchufable, inglesa, boloñesa, caña fija etc y también de la meteorología.). En cuanto a los anzuelos, normalmente utilizo del número 16 al 20, pero esto va a depender del tamaño de las tencas. En cuanto a la forma de los anzuelos me decanto especialmente por los de pata larga, pues al ser pequeños anzuelos es más sencillo a la hora de atarlos y de desanzuelar al pez que si fueran de pata corta.

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El uso del carrete queda a elección del pescador, ya que es totalmente opcional.

La tenca protagoniza un tipo de picada muy característico, describiendo con el flotador los movimientos entrelazados tales como desplazamientos laterales, pequeñas hundidas y subidas del flotador tan conocidos por el pescador. Parece que se encuentre saboreando lo que acaba de morder. 

Antes de engullir el cebo se paseará con él por el fondo, acabando con la paciencia de cualquier persona. Y es que en esa situación sólo hay una cosa que se puede hacer: esperar a que la tenca quiera terminar y mantener la calma para no alzar el flotador hasta el momento en que esté bien hundido y haya tensado perfectamente la línea.

CEBOS

La tenca es un pez que toma bien la mayoría de los cebos, se podrían enumerar un sin fin de ellos, como el Asticot, la masilla, la miga de pan, el maíz, el trigo, el cangrejo (prohibido para pescar en muchas sociedades), la gamba, la lombriz e incluso los aficionados al Carp Fishing las pescan con boilies de sabores dulces.

  

ENGODOS

La verdad es que yo personalmente no suelo usar engodo para pescar la tenca, pero hoy día hay en el mercado hay muchas marcas comerciales que tienen al menos un tipo de engodo a base de granos de diversos cereales, de textura media, color oscuro (casi siempre verde), pesados para llegar bien al fondo y de fuerte olor.


Saludos y felices días de pesca....




LA CARPA (cyprinus carpio)

Carpa pescada por Nani Blázquez con caña enchufable.

DESCRIPCIÓN
Su tamaño medio es de 50cm, aunque puede llegar a los 130cm. Su peso es muy variable podemos encontrarlas desde carpas de 500 gramos hasta grandes carpas de más de 20 kilos. Excepcionalmente llega a los 40kilos, pero ya digo que esto es algo muy difícil, al menos en Extremadura.
Su boca es bastante pequeña con labios gruesos y 2 pares de barbillones; la cabeza y el hocico son cortos; el cuerpo es robusto y bastante alargado en los ejemplares salvajes.
Presenta una espina dorsal serrada. Sus escamas son largas y finas. Los machos tienen la aleta ventral más larga que las hembras.
Su color es variable. Puede tener el dorso parduzco, pardo verdoso o verde grisáceo. Los flancos tienen reflejos dorados, el vientre amarillento o blanquecino y las aletas de color pardo verdoso; la carpa común  presenta a veces tonos pardo-rojizos en las aletas ventrales y en la anal; también se dan ejemplares totalmente amarillentos o plateados.

 

REPRODUCCIÓN

Las carpas normalmente se mueven en grupos reducidos alrededor de los 5 individuos. La época de cría empieza en primavera y acaba a principios de verano. Prefieren aguas poco profundas con una densa cubierta vegetal. Las hembras depositan los huevos entre la maleza y el macho los fecunda externamente. Los huevos quedan fijados al sustrato hasta que eclosionan. Se estima que una hembra puede poner hasta un millón de huevos, aunque la media está en 300.000 huevos. El tiempo que tardan en eclosionar está relacionado con la temperatura del agua. Con una buena incubación a 30 grados nacen a los tres días.

 

 HABITAT

Vive en comunidad con otros de su especie en lagos, estanques y ríos de curso lento, que alcanzan temperaturas elevadas en verano y con fondos blandos y ricos en vegetación. Se trata de un animal muy resistente, capaz de vivir también en aguas salobres entre 2 y 25grados. Pero habitualmente frecuenta las aguas dulces, con alto o bajo nivel de oxígeno.
Su alimentación consiste principalmente de plantas acuáticas y sedimentos del fondo marino, puede llegar a excavar hasta a 10 cm de profundidad.  Aunque también puede comer artrópodos o incluso peces muertos si se presenta la ocasión.
Una especie muy parecida a la carpa es el carpín. Se diferencia de ella por su menor tamaño y la ausencia de barbillones. Presenta además muy diversas libreas. 


SU PESCA

La carpa es una especie fácilmente pescable y es muy agradecida. En cuanto colocamos unas pelotas de engodo en nuestro pesquil y las atraemos, siempre y cuando hayamos medido bien la profundidad de dónde comen en ese momento, podemos hacer grandes pescatas, para ello es recomendable recebar con  pequeñas bolas de engodo y gusano con el tirador (pocas cantidades, pero frecuentemente), de esta manera las mantendremos activas y comiendo, ya que si el tamaño de los peces es considerable parecen auténticas aspiradoras. Podemos utilizar diversas técnicas, como el coup, inglesa,carpfishing, e incluso recechándolas a mosca...
Carpa recechada a mosca por Pedro Moreno.
Carpa de 13 kg pescada por Antonio Ortega con la modalidad de Carpfishing.

LOS MATERIALES

Siempre dependiendo del tamaño de las piezas y de la técnica que de pesca que vayamos a emplear,  dependerá también el uso de unos materiales u otros. No es lo mismo pescar con caña enchufable carpas de 500gramos a 3 kilos, en las que yo personalmente empleo lineas del 0.16 de 3.500kg aproximadamente, con bajos del 0.14 o incluso 0,12, flotadores de 0,50 a 2 gramos dependiendo del tiro que haya en ese momento y anzuelos del nº 14 a 18 dependiendo de cómo coman, que pescar con la técnica de carpfishing en la que pescaremos grandes, carpas de más de 15 kilos, en las que utilizaremos hilos de más de 0.30 de diámetro y anzuelos del 4 al 10, dependiendo de la legislación de la sociedad donde pesquemos.

  
CEBOS

Como he mencionado anteriormente, la carpa es una especie que normalmente toma de maravilla casi todos los cebos que empleemos, por destacar algunos de los más conocidos podemos citar, el maíz, gusanos, lombriz, el boilie, los pellets, e incluso artificiales como las moscas, para pescar con cola de rata, que cada día cuenta con un mayor número de practicantes en nuestra comunidad.

Aparejo de carpfishing prepado para pescar.
Maíz especial pesca, de distintos sabores.

ENGODOS

Hoy en día existen en el mercado, mezclas de harinas de diversas marcas que emplean, texturas, olores, sabores, etc que son muy apreciados por las carpas y que nos pueden dar grandes satisfacciones, aunque también nosotros podemos fabricar nuestros propios engodos con un poco de imaginación y ganas de probarlos en acción de pesca.

Engodo de carpa especial para fondo y de color rojo
 

EL BLACK BASS (micropterus salmoides)

 

DESCRIPCIÓN

Se trata de un pez de agua dulce que se caracteriza por tener una aleta dorsal radiada con forma de espina y una posterior flexible separada por una muesca. Tiene las escamas verdosas con manchas oscuras. La boca es bastante grande.
Mide entre  30 y 50 cm. No suele pesar más de 3 kilos en Extremadura, aunque siempre hay excepciones en algunas ocasiones se pueden llegar  los 4 kilos e incluso algo más..
Aquí tenemos a Pedro Morgado con un soberbio bass de 4 kilos, una captura nada frecuente.

REPRODUCCIÓN

Alcanza la madurez sexual a los tres años de vida. El macho excava un hoyo en el fondo del río y atrae hacia él a varias hembras. El desove se realiza entre mayo y julio.

HABITAT

Es un pez carnívoro. Su dieta incluye insectos acuáticos, peces y anfibios. El black bass prefiere aguas más bien cálidas, tranquilas o estancadas; zonas que ofrezcan algún tipo de cobertura como vegetación, restos de troncos muertos, grandes piedras, etc. Esa cobertura junto a la vegetación sumergida les proporciona protección y alimento.

TÉCNICAS DE PESCA

Las modalidades más practicadas para este pez es el spinning y el  casting, ya sea desde orilla, en embarcación, pato, kayak,etc Aunque también es frecuente su pesca con cola de rata.

CEBOS

Al ser un pez tan voraz, podemos enumerar un sin fin de cebos artificiales para su pesca, como rapalas que actuan en distintas capas de agua, spinnerbaits, cucharillas, vinilos de todo tipo simulando peces, cangrejos, salamandras, lombrices..etc Todo ello en infinidad de colores, aromas e incluso sabores. También  podemos destacar las moscas secas, streamers, etc
Pequeña colección de Rapalas


Pequeña muestra de vinilos


EL LUCIO (esox lucius)



DESCRIPCIÓN
  
Tiene el hocico aplanado, el cuerpo alargado de forma casi cilíndrica y comprimida, y la boca, que parece el pico de un pato,  es muy ancha con dientes en la mandíbula, el paladar y la lengua, inclinados hacia dentro, grandes y bastante afilados; Aleta dorsal, anal pectorales y ventrales radiadas.
La coloración que presenta este pez es variable según su edad y las circunstancias del ambiente o la época del año. Puede ser verdosa, pardusca o gris, más oscura en los flancos. El vientre es claro. Tiene manchas y líneas en plateado o dorado en el dorso. Las aletas son rojizas, naranjas, amarillentas, parduscas o grisáceas, con manchas negruzcas.
El tamaño medio oscila entre los 50cm y el metro. La hembra puede llegar al metro y medio. Su peso puede oscilar desde los 2 kg a más de 20 kg. 

Bonito lucio capturado por Antonio Bázquez en la charca del Castellar.

REPRODUCCIÓN

La reproducción tiene lugar en orillas con vegetación abundante, en los meses de Febrero a Mayo. Los huevos son de amarillo ámbar. Suelen poner entre 15 y 20mil por cada kilo que pesa la hembra. Las larvas eclosionan tras 3 o 15 días, según la temperatura.

HABITAT

El lucio suele estar cerca de la orilla en aguas de poca corriente, lagos y estanques. Prefiere lugares que le den posibilidades para esconderse, como troncos, raíces, rocas, puentes, vegetación... Necesita también un nivel estable de las aguas, abundancia de peces y de vegetación.
En algunas circunstancias, aunque pocas, aceptan aguas medianamente salobres. Es un depredador solitario, muy activo, veloz y no migratorio.  
Los alevines se alimentan de pequeños invertebrados, mientras que los adultos lo hacen de peces, anfibios, reptiles, roedores, pájaros acuáticos, incluso de miembros de su misma especie.

SU PESCA

Cuenta con un número elevado de aficionados ya que representa una presa muy preciada, tenaz, muy voraz y combativa. Se lleva a cabo con cebos vivos (en Extremadura solo se permite la tenca) a media agua o en los fondos, o bien con cebos artificiales (cucharillas metálicas, ondulantes o giratorias, rapalas, vinilos etc todos ellos similares a los del bass pero de mayor tamaño. Normalmente se suele pescar desde orilla, pato, kayak o embarcación, si bien esta modalidad no está permitida en todos los pantanos.




 Señuelo de lucio


 Alevín de tenca utilizada como cebo

El equipo utilizado, respecto a la caña, ya sea bien de spinning o casting, recomiendo personalmente una caña de 2,10 a 2,70 como máximo, que sea rígida, y con una fuerte acción para que podamos lanzar señuelos de peso importante (20 a 80 o 90gr)  y a la vez poder dominar con garantías al pez.



Caña de casting, específica para la pesca del lucio

Acción de caña para el lucio 30-80g


El carrete es otra pieza fundamental en nuestro equipo, con gran caña sin un buen carrete, no tendríamos la seguridad de poder dominar al pez correctamente, hacer lances a largas distancias con facilidad, deberá ser de poco peso, ya que la caña que utilizaremos por norma general al ser tan dura, pesará más que las que empleamos para la pesca del bass y nos conviene utilizar un carrete que aúne ligereza, fuerza y la capacidad de recuperación suficiente para arrastrar a un lucio de gran tamaño.

El hilo es otro factor importante, normalmente se utilizan hilos de gran calidad y con gran resistencia,( monofilamentos e hilos trenzados) pues nunca sabemos lo que nos puede deparar esta pesca y sería una pena que la picada de un gran lucio se vaya al traste por la mala calidad de un hilo.

En cuanto a los bajos, deberemos utilizarlos, o bien metálicos, o bajos de fluorocarbono, si no es así es muy posible que nuestro pez al contacto con sus afilados dientes, rompiese el bajo y en consecuencia perderíamos la captura.

Bajo de acero especial para dicha pesca
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